Ordenanza de 1908: Fiestas
Ordenanzas Guardamar 1908 REGULACIÓN DE LAS FIESTAS: No se podrán disparar armas de fuego, petardos, carretillas sin permiso de la autoridad. El público guardará en todos los sitios de general concurrencia la debida compostura y se prohíbe dar gritos descompensados, cantar canciones contrarias al orden público, las instituciones, la moral y las buenas costumbres. La noche de Navidad será permitido circular por las calles con instrumentos músicos y regocijos que son de inmemorial costumbre, pero sin cometer excesos de ningún género que afecten a las personas, el decoro de las familias y al buen nombre del vecindario. En los templos se guardará la compostura que requiere el respeto a la Divinidad y al Sagrado Misterio que en este día se conmemora. Durante los días de carnaval se permit...